ASOCIACION JUBILADOS DE CAJA CANTABRIA


Complemento de Paternidad Maternidad a Jubilaciones anticipadas voluntarias

Plus de Maternidad/Paternidad

El complemento de Maternidad/Paternidad es concedido también a
las jubilaciones anticipadas voluntarias.


El argumento de Unive abogados, para iniciar la reclamación es el siguiente:

Desde el dictado de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y de diferentes Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña donde le reconocen tanto a un hombre como a una mujer el complemento pese a haber accedido de forma voluntaria a su jubilación, al entender que se infringe el artículo 14 de la Constitución Española, en relación con el artículo 60.4 y 208 LGSS, ya que al hacer una distinción para la concesión del complemento entre los que se jubilan anticipadamente y los que se jubilan de manera ordinaria, supone una vulneración del principio de igualdad pues no se está respetando la voluntad del legislador, en la medida en que la finalidad de la norma - redacción anterior del artículo 60 LGSS- no era otra que recompensar la contribución demográfica al sistema de la seguridad social, y dicha aportación se produce con independencia de si la jubilación fue voluntaria o no.

Por lo que, a partir de ahora se podrá reclamar el complemento tanto a hombres como mujeres que hayan accedido a la jubilación anticipada de forma voluntaria, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y hayan tenido dos o más hijos.

Lo que defienden estas sentencias es que conforme el principio de igualdad y no discriminación, se debe aplicar de forma retroactividad la nueva regulación del art. 60 LGSS por ser una norma más favorable (y haber suprimido la exclusión de la jubilación anticipada voluntaria), tal y como expresamente señala: "La sentencia que se cita del TJUE de 12 de diciembre de 2019 (frente a lo sugerido por el Juzgador de instancia) en la medida que ponía de manifiesto la defectuosa configuración legal del complemento en cuestión (brecha de género vs aportación demográfica) vino a imponer la necesidad de una modificación legislativa plasmada en el nuevo texto, al que resulta de plena aplicación no ya por aplicación del principio de retroactividad de norma favorable (de Seguridad Social), como del de igualdad y no discriminación que ampara su reforma; debiendo, en armonía con lo así expuesto y razonado, admitirse el recurso interpuesto, estimándose la pretensión deducida por la beneficiaria en su inicial escrito de demanda".
 
Por ello, teniendo en cuenta lo anterior, hemos valorado que hay posibilidades de que lo puedan estimar.

Como te he comentado por teléfono, los presupuestos siguen siendo los mismos, es decir, con las mismas condiciones y con garantía de costas judiciales. No obstante, puntualizarte nuevamente, como he hecho por teléfono, que la reclamación respecto de los jubilados voluntariamente de forma anticipada no es tan evidente como para los jubilados de forma ordinaria, habida cuenta de que en este último supuesto de una sentencia del TJUE favorable, que no admitía mucho margen de interpretación y vinculaba a organismos inferiores, y en el caso que actualmente nos ocupa, no existe sentencia de un organismo superior - al margen de las ya comentados de los TSJ de Galicia y Cataluña- que avale expresamente lo que solicitamos, ni vincule a organismos superiores.

Unive abogados nos ofrece el servicio de reclamación en sus fases administrativas y judiciales.

Las reclamaciones son individuales.

El presupuesto, rebajado, para los asociados y simpatizantes es de 576 euros + IVA (697 euros) para todo el procedimiento.

Nos hacen un descuento mayor, quedando en 500 euros + IVA (605 euros), si contratas sus servicios entre el viernes 23 de junio de 2023 hasta el próximo 23 de julio.

También incluyen una cláusula que si los atrasos que se cobren superan los 8.000 euros, sobre la cantidad que supere cobrarán el 10%. Es decir, que si de atrasos cobras 10.000 euros, te cobrarán 200 euros más, 10% sobre 2.000.

La documentación necesaria es la siguiente:

1. Informe de Vida Laboral.
2. Copia del DNI
3. Libro de Familia o Partidas de Nacimiento.
4. Resolución pensión de jubilación o Informe Integrado de Prestaciones - que pueden descargarlo directamente de su perfil de la Seguridad Social.

En cuanto a los datos de contacto son estos:

Ainhoa Martin Arenas
687605407 ainhoa.martin@unive.es

900103382
946415778 
vizcaya@unive.es



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